Por su cultura, historia, desarrollo y empleabilidad, España es uno de los destinos europeos que más atrae emigrantes en el mundo, especialmente latinos, quienes sienten gran afinidad por esta nación de habla hispana que les ha abierto las puertas desde hace ya varios años.
Por lo anterior, son muchas las personas que han buscado de distintas maneras emigrar al país ibérico por la vía legal, desconociendo que precisamente hay una oportunidad, que por años ha sido desaprovechada por muchos, pues desde el 2015, el Gobierno Español, permitió que algunas personas puedan adquirir la ciudadanía de este país, siempre y cuando demuestren que su apellido es de origen judío, ya que es una forma de reparar el daño causado a esta población cuando fue expulsada de España en 1942.
Así las cosas, esta ley permite que los descendientes de los judíos sefardíes que fueron expulsados de España en el Siglo XV puedan obtener la nacionalidad de este país con mayor facilidad.
Según el portal especializado Forebeards.io es clave mencionar que regiones de América Latina, algunos de los apellidos más comunes es el Rodríguez y que se encuentra especialmente en países como Costa Rica, Uruguay, Cuba y Panamá. Así como también el González, que es fácil de encontrar en Venezuela, Chile, Argentina y Paraguay; Hernández se destaca en Honduras, México o El Salvador, mientras que Da Silva es habitual en Brasil.
Por otro lado, los ciudadanos colombianos que tengan los siguientes apellidos podrá solicitar la nacionalidad y así establecerse de manera legal en España:
A: Abraham, Acevedo, Acosta, Aguado, Aguiar, Aguilar, Alarcón, Alba, Aldana, Alcalá, Alegre, Alfonso, Alfaro, Almeida, Alonso, Álvarez, Amigo, Amado, Amaya, Aranda.
B: Baltasar, Báez, Barral, Barrios, Beato, Benavente, Benítez, Bernal, Bravo, Bueno, Bermejo.
C: Cabrera, Calvo, Camacho, Campo, Cantos, Carrasco, Carrillo, Carvajal, Castellanos.
D: Delgado, Diego, Díez, Díaz, Duque, Domínguez, Durán, Dorado, Duarte.
E: Enrique, Enríquez, Espejo, Esperanza, Espinosa, Escudero, Esteban.
F: Fajardo, Fernández, Ferrer, Ferrero, Figueroa, Flores, Fuentes, Fuertes.
G: Gálvez, García, Gato, Garzón, Gil, Gimeno, Giménez, Gómez, Granado, González, Gutiérrez.
H: Haro, Henríquez, Hernández, Heredia, Holgado, Herrera, Huerta, Hurtado.
I: Ibáñez, Israel, Izquierdo.
J: Jaén, Jiménez, Jimeno, Jorge, Juárez, Julián.
L: Lázaro, Leal, Lara, Larios, Leiva, León, Lima, Linares, Lobato, Lobo, López, Lorca, Lorenzo.
M: Madrid, Madrigal, Macías, Machado, Manuel, Márquez, Marchena, Marcos, Martínez, Marín.
N: Nájera, Navarro, Navas, Nieto, Núñez.
P: Pacheco, Padilla, Palma, Palomino, Pardo, Paredes, Pareja, Parra, Paz, Pascual, Pedraza, Peña, Pérez.
Q: Quirós, Quemada.
R: Ramírez, Ramos, Real, Rey, Reina, Ribera, Ricardo, Rivero, Robles, Roca, Rivas, Rodríguez, Ruiz.
S: Salgado, Salinas, Salas, Salazar, Salcedo, Salvador, Sánchez, Sancho, Serra, Serrano, Sierra, Silva.
T: Talavera, Toledo, Torre, Torres, Trigo.
U: Úbeda, Uría, Urrutia.
V: Valero, Valle, Vara, Varela, Vargas, Vázquez, Vega, Velázquez, Vera, Vergara, Villanueva, Vidal.
Z: Zalazar, Zaragoza, Zúñiga.
Si su apellido apareció en la lista, es importante que tenga en cuenta, que esto no significa que de una vez adquiera la nacionalidad española, pues para lograrlo, tendrá que presentar otra serie de requisitos que aplicaran los sefardíes para que aprueben si son originarios del país europeo.
Además, para acceder a la condición sefardí debe tener el certificado de la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE). En el portal del FCJE puede consultar cualquier información y presentar los documentos. Este documento también lo podrá adquirir si tiene el certificado del presidente de la comunidad judía de la zona de residencia o ciudad natal del interesado o el certificado de la autoridad rabínica del país de residencia.
Es de resaltar que otro de los requerimientos es el uso como idioma familiar el ladino o “haketía”, el cual podrá acreditarse con un certificado de una entidad competente reconocida por las autoridades de Los Ángeles, en Estados Unidos. Además, la partida de nacimiento o la “ketubah” o certificado matrimonial en el que conste su celebración, según las tradiciones de Castilla.