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Sin reglas claras, así ruedan las patinetas eléctricas en Bucaramanga

En corredores de altas velocidades y gran flujo vehicular, como la autopista Bucaramanga – Floridablanca, aumenta el tránsito de personas a bordo de patinetas eléctricas. Expertos señalan los vacíos que existen en materia de regulación y piden una reglamentación.

Con motores impulsados por electricidad y capaces de generar velocidades hasta de 40 kilómetros por hora e incluso más, las patinetas eléctricas o ‘scooter’ se convirtieron en la opción preferida de muchos ciudadanos para sus desplazamientos rutinarios en el área metropolitana de Bucaramanga.

Mientras en Bucaramanga aumenta el uso de estos vehículos, desprovistos de cualquier tipo de protección para sus tripulantes, de forma simultánea incrementa la preocupación entre expertos y la opinión pública sobre los riesgos que en materia de seguridad vial representa la circulación de estas patinetas en calzadas vehiculares.

Para muchos de sus usuarios actualmente “no existen límites”. Tal y como lo captó Vanguardia en pasados días, algunos conductores de ‘scooter’ se arriesgan y deciden transitar por corredores de altas velocidades y gran flujo vehicular, como la autopista Bucaramanga – Floridablanca.

A la altura del talud de la Cdmb, en sentido Bucaramanga – Floridablanca, quedó grabado en video un ciudadano que “transitaba, aproximadamente, a más de 40 kilómetros por hora. Iba más rápido que muchos automóviles y motos”, indicó el ciudadano que captó estas imágenes.

Sin ninguna otra protección más que un pequeño casco, que ni siquiera le cubría el rostro, este ciudadano avanzaba a una considerable velocidad sobre la estrecha tabla que conforma su patineta, tratando de mantener balanceado su cuerpo para evitar golpearse contra el pavimento.

¿Deben transitar exclusivamente por las ciclorrutas o pueden circular por el carril vehicular? ¿Se pueden usar en espacios peatonales como puentes y pasajes? ¿Qué tipo de elementos de protección deben portar los usuarios?

Estas son algunas de las preguntas e inquietudes que se realizan muchos ciudadanos, incluso los mismos usuarios de patinetas.

“No existe una norma que las regule”

A través de la Resolución 160 de 2017, el Ministerio de Transporte reglamentó el registro y circulación de ciclomotores, tricimotos y cuadriciclos. Sin embargo, aunque dicha normativa se refiere a varias modalidades de vehículos eléctricos, en ninguno de sus artículos ni parágrafos hace mención específicamente a las patinetas o ‘ scooter’.

La definición más aproximada al concepto de patineta tipo ‘scooter’, contenida en dicha norma, es:

“Motociclo, ciclomotor o ‘moped’: vehículo automotor de dos ruedas, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindrada no superior a 50 centímetros cúbicos si es de combustión interna, ni potencia nominal superior a 4 kW si es eléctrico”, señala esta resolución.

Pero para juristas especializados en asuntos de tránsito y transporte, como el abogado Rodrigo Alberto Hernández Fernández, la norma vigente “no tiene regulado” el uso de estas patinetas.

“No existe una norma que regule el uso ni el tránsito de estas patinetas eléctricas. En la actualidad no existe una ley que lo determine”, enfatizó Hernández Fernández.

Este abogado, quien en repetidas ocasiones ‘tumbó’ a través de la justicia el cobro por derecho de placa en municipios como Bucaramanga y Piedecuesta, agregó que “las patinetas quedaron por fuera del esquema normativo. Las bicicletas, en cambio, sí cuentan con regulación”.

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“Debe existir una reglamentación especial”

Entre las normativas revisadas por esta redacción, se encontró una ley expedida en julio de 2022, en la cual sí se hace mención clara de las ‘scooter’.

Se trata del Parágrafo 1 del Artículo 106, que regula los límites de velocidad en vías urbanas y carreteras municipales, el cual está contenido en la Ley 2251 de 2022.

“Las patinetas y bicicletas eléctricas o a gasolina no podrán sobrepasar los 40Km/h”, precisó dicho parágrafo.

No obstante, no existen más restricciones o parámetros claramente definidos para el uso y tránsito de dichos vehículos en espacios públicos.

Por ejemplo, teniendo en cuenta que estas patinetas carecen de adecuaciones y dispositivos lumínicos como farolas y luces direccionales, ¿se debe restringir su circulación en horas nocturnas?

Héctor Gerardo Cáceres Rincón, ingeniero en transportes y vías, señaló que “debe existir una reglamentación especial para el uso de estas patinetas. Como el caso de los motocarros, que está claramente establecido que no pueden circular por vías arterias”.

En palabras de este experto, el tránsito de ‘scooter’ en corredores como la carrera 27 “representa un atentado contra la salud del usuario. Estos vehículos tampoco deberían transitar después de las 6:00 p.m.”.

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“Fijar límites de velocidad”

Hace más de cinco años Martín Guevara compró su primera patineta eléctrica. Ha conducido varios modelos y conoce a la perfección su funcionamiento. Pero pese a su experiencia como conductor de ‘scooter’, hasta la fecha desconoce cuáles son las normas que debe cumplir o qué tipo de objetos de protección debería utilizar.

“No, la verdad, no lo tengo claro. Tampoco sé si existen reglas de carácter municipal o nacional, falta mucha pedagogía e información”, reconoció este joven.

Él es consciente de los riesgos que existen al momento de manejar estos vehículos y por eso considera que “deben existir normas mínimas. Quienes usen patinetas, grandes o pequeñas, tienen que estar en la obligación de usar casco, y ojalá que sea ‘full face’ (que cubra todo el rostro)”.

Bucaramanga no está exenta al auge que existe en el país. De acuerdo con estadísticas publicadas por Fenalco, durante 2022 en Colombia se vendieron más de 18.000 patinetas eléctricas, siendo Bogotá y Medellín las ciudades de mayor mercado.

Se trata de un vehículo alternativo y sostenible que, además de adaptarse a las necesidades de muchos bumangueses, también es considerado como un medio limpio, que no genera polución ni ruido, y amigable con el ambiente.

Juan Manuel Álvarez Cruz, abogado experto en ordenamiento territorial y gestión urbanística, advirtió que las autoridades no contemplaron en sus proyecciones y diagnósticos sobre movilidad el crecimiento que existe en el uso de vehículos alternativos, como el caso de las ‘scooter’.

“Justamente este martes se conoció la prohibición para alquilar patinetas en París, Francia, debido al reiterado incumplimiento de las normas de tránsito. Desde ahora mismo se debe planificar y proyectar el uso de este medio en los próximos años, para prevenir problemáticas como accidentalidad”, señaló Álvarez Cruz.

Este experto también indicó que se deben comenzar a recopilar analizar datos clave sobre el uso de estas patinetas, como índices de accidentalidad, cuántos vehículos de este tipo ruedan en la ciudad y número de viajes que se realizan al día, entre otros.

Vanguardia trató de obtener un pronunciamiento por parte del Director de Tránsito de Bucaramanga y del Subdirector de Transporte del Área Metropolitana de Bucaramanga, pero hasta el cierre de la presente edición no hubo respuesta.

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