El juez Julio César Sanmiguel decidió revocar la tutela presentada por Javier Orlando Díaz, en contra de la Asamblea de Santander y de la Universidad Distrital de Bogotá, la cual suspendió de forma temporal el proceso de elección de Contralor de Santander, al argumentar en primera instancia que se había vulnerado el debido proceso.
El juez procedió a revocar la medida provisional decretada el pasado 25 de noviembre, que dispuso suspender el proceso de elección de Contralor para los próximos cuatro años.
Así las cosas, la elección de Contralor de Santander continuará de acuerdo al cronograma establecido por la Mesa Directiva de la Asamblea.
Los aspirantes
La terna de la que la Asamblea de Santander elegirá Contralor para el periodo 2022-2025, está conformada por Fredy Anaya, Andrea Buitrago y Reynaldo Mateus.
La tutela
La suspensión de produjo luego de que Javier Orlando Díaz instaurara una acción de tutela contra la Asamblea Departamental de Santander y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas.
Según el accionante se habría violado el debido proceso teniendo en cuenta que la universidad envió el manual de instrucción y la citación a la prueba de conocimientos el día 20 de septiembre de 2021 a las 8:00 de la noche, aproximadamente doce horas antes de la presentación de la prueba, lo que habría dejado en grado de desigualdad a varios aspirantes.
De acuerdo con la acción de tutela, Díaz solicitó al juez “que se declare que los accionados han vulnerado los derechos fundamentales de Debido Proceso, Igualdad, Imparcialidad, Confianza Legítima, Derecho al Acceso A Cargos Públicos y, en consecuencia, tutelar a mi favor los derechos fundamentales de rango Constitucional.”
Además, solicita que se deje sin efectos la prueba escrita eliminatoria el día 21 de septiembre de 2021, por violación al debido proceso, igualdad, confianza legítima y legalidad.
En el documento de notificación el juez resolvió “decretar medida provisional en el sentido de suspender el proceso de elección de Contralor General de Santander para el periodo 2022-2025, hasta tanto se produzca sentencia por el despacho judicial que resuelva de fondo el presente asunto.”