La decisión se da luego de que, en noviembre de 2019, la mujer fuera llamada a imputación por parte de la Fiscalía, por actos de vandalismo a una estación de Transmilenio.
La condena se da en segunda instancia, revocando la decisión del Juzgado 2 Penal Especializado de Bogotá, y avaló el recurso presentado por la Fiscalía respecto del delito instigación a delinquir con fines terroristas.
Además de no conceder prisión domiciliaria, en la decisión también la inhabilitan para el ejercicio de influencer o Youtuber, por el mismo término de la sanción principal. Tendrá que pagar también una multa de 492 salarios mínimos.
El Tribunal la halló penalmente responsable en calidad de autora del delito de daño en bien ajeno agravado en concurso con instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial.
Cabe recordar que en marzo de 2020 Barrera ya había sido condenada por el juzgado segundo penal especializado de Bogotá, que la sentenció a tres años y medio de cárcel. También le había impuesto una prohibición para usar sus redes sociales por ese tiempo, y una multa de 25 salarios mínimos.
La Fiscalía le había imputado cargos por perturbación del transporte público, daño en bien ajeno e instigación para delinquir con fines terroristas, pero el juez no la condenó por ese último delito, de ahí la apelación de la Fiscalía que le da pie a esta nueva decisión.