La sanción a la compañía aérea Easyfly hace referencia con la muerte del perro de nombre Homero, mientras volaba en la ruta Puerto Asís – Cali, que en concepto de la Supertransporte significó que la empresa infringió; el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 y el numeral 3.10.3.4 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia 3 (RAC 3), al prestar el servicio de transporte de la mascota sin calidad, idoneidad y sin cumplir las obligaciones del transporte.
De acuerdo a la Supertransporte a la aerolínea Easyfly le corresponderá pagar una multa por $52.987.895, equivalente a 58,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
De acuerdo con el superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “estas decisiones recuerdan a las empresas de todos los modos de transporte que deben velar por la salud de las mascotas de sus usuarios durante los recorridos. La Superintendencia de Transporte, continuará acompañando a los viajeros desde la prevención y promoción con el fin de velar por sus derechos e informar sus deberes a la hora de emprender cualquier viaje”.
Una sanción más en el mismo caso se le impuso a una persona natural a quien se le encontró responsable de no suministrar al usuario la información a la que legalmente estaba obligada al momento de vender el tiquete, pues no indicó que para transportar a su mascota requería llevar un guacal.
La sanción impuesta por la Superintendencia es de $11.197.387 equivalentes a 12.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Otra sanción más fue por el fallecimiento de la mascota París que era transportada por la sociedad Aerocafeteros S.A., por vía terrestre y falleció al momento de llegar a su destino en Cali, a la cual se le identificó que prestó el servicio sin calidad e idoneidad, ni se entregó la información necesaria respecto a ese servicio de transporte y la sanción llegó a $27.255.780 equivalentes a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Finalmente se sancionó a Velotax por el caso de dos perros transportados por vía terrestre Pereira-Ibagué; en lo que aparentemente era un costal, la multa es $13.627.890 equivalentes a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por no asegurar la calidad ofrecida por la misma empresa al momento de prestar el servicio de transporte de estos dos animales.