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JEP imputa a once militares por falsos positivos en el Catatumbo

La JEP imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 11 personas, entre ellos un Brigadier General, dos coroneles, dos tenientes coroneles, un mayor, un capitán, dos sargentos y un cabo, y a un tercero civil, por falsos positivos.

Esto, en el marco del subcaso Norte de Santander, del caso magro 03, llamado ‘Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado’.

La JEP indicó que estos militares, presuntamente participaron en el asesinato de por lo menos 120 personas en estado de indefensión en el Catatumbo (Norte de Santander), presentadas como bajas en combate entre enero de 2007 y agosto de 2008.

Lo anterior, para aumentar las estadísticas oficiales de éxito militar, «la Sala de Reconocimiento les imputó el crimen de guerra de homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad de asesinato, y desaparición forzada, ante el ataque generalizado y sistemático contra la población civil», indicó la JEP.

Los imputados, identificados como máximos responsables, por haber dado órdenes sin las cuales las conductas criminales no hubieran tenido lugar de forma sistemática y generalizada, son: el brigadier general Paulino Coronado Gámez quien fue el comandante de la Brigada 30; los coroneles Santiago Herrera Fajardo y Rubén Darío Castro Gómez, antiguos comandantes de la Brigada Móvil 15 (BRIM15); el teniente coronel Álvaro Diego Tamayo Hoyos, antiguo comandante del Batallón de Infantería No. 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (BISAN) de Ocaña, el teniente coronel Gabriel de Jesús Rincón Amado, ex oficial de operaciones de la BRIM15 y el mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN.

Adicionalmente, por haber contribuido de manera amplia y efectiva en la ejecución de conductas de particular gravedad, la JEP también imputó a los antiguos oficiales de inteligencia de la Central de Inteligencia de Ocaña (CIOCA): el capitán Daladier Rivera Jácome y al sargento segundo Rafael Antonio Urbano Muñoz; así como al sargento segundo Sandro Mauricio Pérez Contreras quien fue jefe de la sección de inteligencia del BISAN, al cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15 y al tercero civil Alexander Carretero Díaz, quien trabajó como colaborador de las dos estructuras militares.

La sala, emitió un auto de 284 páginas explicando a los imputados los delitos por los cuales son investigados. Por lo cual, los militares, tras ser notificados, tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y su responsabilidad o rechazarlas (eso se realizará en principio de manera escrita). También pueden reaccionar, aportando argumentos o evidencia adicional.

Al terminar el periodo de 30 días hábiles, y recibir la respuesta de los comparecientes, la JEP decidirá si fija una fecha para una Audiencia pública de Reconocimiento. Esta audiencia o audiencias serán en todo caso preparadas y desarrolladas con participación de las víctimas.

El presidente de la JEP, magistrado Eduardo Cifuentes aseguró que la decisión de emitir el auto se realizó de manera unánime, “No hay ningún salvamiento de voto, esto es un mensaje al país: no tenemos duda frente a la gravedad de este tipo de hechos, frente al tipo de narrativa que le estamos presentando al país”.

Así mismo, en la rueda de prensa se reconoció el aporte a la verdad que estas imputaciones traerán para el país y para la comunidad internacional, ya que esta es la mayor investigación que se realiza por estos hechos en la historia.

Cabe anotar, que las imputaciones en el Catatumbo hacen parte del primero de por lo menos seis Autos de Determinación de Hechos y Conductas que se expedirán en el caso 03 (conocido como el de ‘falsos positivos’), de acuerdo con la priorización que hizo pública la JEP en febrero de 2021 a través del Auto 033.

En Antioquia, la Sala también expedirá un auto de determinación sobre el caso emblemático del cementerio Las Mercedes de Dabeiba. Estos hechos también se investigan en el caso de Urabá.

En los siguientes autos que se esperan, se investigará lo ocurrido en los departamentos de Norte de Santander, Antioquia, Meta, Huila, Casanare y el Caribe.

Frente a estas imputaciones, la JEP aseguró que, “estos hechos no hubieran ocurrido sin la política institucional del Ejército de conteo de cuerpos, sin la política de incentivos y la constante presión que ejercieron los comandantes sobre sus subordinados para obtener muertos “en combate”, y sin la estigmatización de la población civil”.

Así mismo, es importante señalar que estas imputaciones, son el resultado del estudio y contrastación judicial de 8 informes aportados por entidades estatales, organizaciones de víctimas defensoras de derechos humanos, 41 versiones de comparecientes (desde soldados hasta generales, incluyendo terceros civiles que colaboraron con las unidades militares).

Adicionalmente, las inspecciones judiciales a 21 procesos de la jurisdicción ordinaria y 28 de la jurisdicción penal militar, y la contrastación de piezas procesales de más de 100 expedientes remitidos a la JEP por la jurisdicción ordinaria.

Para la JEP, «la evidencia indica que estos 11 imputados son penalmente responsables del crimen de guerra de homicidio en persona protegida y los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada, conforme al Código Penal Colombiano como al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional».

Los magistrados de la Sala de Reconocimiento concluyeron que «los comparecientes actuaron siendo conscientes de que estos delitos se cometían como parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, razón por la cual también existen bases para determinar que son responsables de crímenes de lesa humanidad».

Patrón macrocriminal y sus modalidades

La Sala de Reconocimiento estableció que los asesinatos y las desapariciones forzadas se inscriben en un mismo patrón macrocriminal.

«Estos graves crímenes fueron cometidos por miembros de la BRIM15 y el BISAN en el marco de un mismo plan criminal y con división del trabajo, en un territorio determinado y en un mismo período de tiempo».

Se determinó que las 120 víctimas asesinadas tienen un perfil semejante y se repite un mismo modus operandi.

“Las 120 víctimas identificadas por la Sala de Reconocimiento fueron asesinadas en estado de indefensión por parte de los miembros de la fuerza pública, sin que mediara combate “real” alguno”, dijo la JEP.

Las víctimas que fueron señaladas de pertenecer a grupos armados ilegales fueron seleccionadas a partir de procesos irregulares de inteligencia. Se pudo determinar que este patrón macrocriminal tuvo dos modalidades sucesivas que se distinguen por el perfil de las víctimas.

La primera modalidad corresponde al asesinato de hombres jóvenes de entre 25 y 35 años, habitantes del área rural del Catatumbo, en su mayoría agricultores, comerciantes y transportadores informales. La segunda modalidad consiste en el asesinato de jóvenes, provenientes de otras regiones, engañados para ser trasladados al Catatumbo.

«A partir de diciembre de 2007 se puso en marcha un negocio criminal en el que miembros del Ejército Nacional transaron con terceros para que reclutaran a jóvenes de otros municipios y ciudades del país a cambio de una remuneración económica, todo con el fin de llevarlos hasta el Catatumbo, asesinarlos y utilizar sus cuerpos para sumar criminalmente a las estadísticas oficiales del éxito militar en la guerra», aseguró la JEP.

Las víctimas eran habitantes de Soacha (Cundinamarca), Bogotá, Aguachica (Cesar), Gamarra (Cesar) y Bucaramanga (Santander).

La Sala de Reconocimiento pudo determinar que la modalidad de engañar a las víctimas de otras ciudades para presentarlas como bajas en combate en el Catatumbo tuvo su origen en las oficinas de la comandancia del Batallón de Infantería No. 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (BISAN) en Ocaña.

Para la JEP “existen bases suficientes para entender que la conducta existió, que la persona participó y que la conducta pertenece a tipos penales no amnistiables”.

Los once imputados se han beneficiado de la libertad anticipada que otorga la JEP o los jueces ordinarios de la justicia, no obstante, están vinculados a la investigación y por tratarse de crímenes de lesa humanidad, no tienen prescripción.

Así mismo, el magistrado Oscar Javier Parra informó que el próximo 16 y 17 de julio estará en Yopal (Casanare) en audiencias de observaciones en donde van a escuchar a las victimas sobre lo que saben de estos delitos, en medio de unas audiencias de versión libre.

Para finalizar, el presidente de la Jep dijo que, con estas imputaciones, se espera que “El país y la comunidad internacional, conozcan uno de los hechos más graves que ha ocurrido en el conflicto colombiano, con el propósito de que se produzcan cambios y transformaciones para que estos hechos no se repitan. Es una exigencia de toda Colombia”, aseveró Cifuentes.

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