Publicidad

Tras cierre de supermercados por parte de la Dian, Petro los invitó a que «paguen los impuestos»

Los funcionarios de fiscalización detectaron y dejaron en manifiesto irregularidades en el sistema de facturación electrónica que implicaba la no entrega de factura en todas las operaciones de dicho establecimiento.

Este martes, 2 de enero, la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN), ordenó temporalmente el cierre del almacén Olímpica ubicado en el centro comercial Portal 80 de Bogotá.

Esta sanción es el resultado de varias visitas donde los funcionarios de fiscalización detectaron y dejaron en manifiesto irregularidades en el sistema de facturación electrónica que implicaba la no entrega de factura en todas las operaciones.

En concreto, evidenciaron que el contribuyente solo entregaba la factura electrónica a los clientes previamente registrados, mientras que, los no registrados, salían del establecimiento sin factura electrónica, a menos que hicieran procedimientos adicionales para descargarlas a través de la página web, lo cual constituye requisitos adicionales a los establecidos para la expedición de factura electrónica.

Por tanto, se concluyó en el procedimiento que los clientes no registrados no recibían su factura electrónica, a menos que se sometieran a procedimientos no contemplados por la norma, que trasladan la carga de entrega del vendedor o prestador del servicio al adquiriente y que no son los permitidos por la normativa.

Es importante mencionar que la Resolución 000042 de 2020 estipula que la entrega de la factura debe hacerse mediante el medio que elija el consumidor y, en caso de que no lo informe, a través de la impresión de la representación gráfica.

Así mismo, el Estatuto Tributario también contempla que, en todo momento, el establecimiento que está incumpliendo con los requisitos de facturación puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre.

La multa, dependiendo del hecho sancionable, se impondrá sobre los ingresos brutos operacionales del contribuyente en el mes anterior a la visita que originó el proceso, según el artículo 657 del ET.

Ante este cierre, el presidente Gustavo Petro, se pronunció en su cuenta de X, donde lanzó un mensaje contundente a los almacenes de cadena para evitar estos acontecimientos: «Por favor paguen los impuestos«.

Por su parte, la Dian reitera que las sanciones de cierre no ocurren de manera deliberada. Al contrario, son el resultado de una serie de etapas y tiempos establecidos que la entidad cursa con riguroso sustento jurídico y probatorio.

«La Dian invita a los establecimientos comerciales a cumplir con sus obligaciones tributarias, y a la ciudadanía a exigir siempre la factura electrónica, para lo cual solo debe proporcionar tres datos al establecimiento de comercio: (1) nombre o razón social, (2) número de cédula o NIT y (3) correo electrónico», indicó la entidad.

Olimpica respondió

Frente a la información conocida sobre el cierre temporal del SAO Portal de la 80, Olímpica se permite informar a la opinión pública que:

El procedimiento desarrollado por la DIAN corresponde a una diligencia relacionada con el aparente incumplimiento por parte de la compañía en los procedimientos de facturación electrónica, y no a algún tipo de falta en el pago de las obligaciones tributarias u otro tipo de procedimiento.

Olímpica de manera respetuosa acata la decisión de la autoridad, pero no la comparte, pues ha aplicado siempre toda la regulación existente para el proceso de facturación electrónica tal como en los procedimientos previos a esta decisión lo demostró.

La compañía reitera que en todos sus procesos es respetuosa de las normas y leyes que existen en el país para mantener su operación.

Agregue a Q'hubo Bucaramanga a sus fuentes de información favoritas en Google Noticias aquí.
Publicidad

Otros artículos

Síguenos

0SeguidoresSeguir
4,304SeguidoresSeguir
5,020SuscriptoresSuscribirte
Publicidad

Últimos artículos

Publicidad
Publicidad