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Sanciones a negocios en Bucaramanga que no soliciten carné de vacunación

Desde la próxima semana es obligatorio presentar el documento para entrar a negocios. La nueva normativa determina el sellamiento de lugares y multas.

La Alcaldía de Bucaramanga está ad portas de expedir el decreto municipal, mediante el cual se establecen todos los lineamientos para la exigencia del carné de vacunación o certificado digital de vacunación que se puede descargar a través de la págna web https://mivacuna.sispro.gov.co.

Desde el próximo martes 16 de noviembre, según decreto nacional 1408 del 3 de noviembre de 2021, todos los ciudadanos mayores de 18 años en el país deben presentar dicho documento para ingresar a cualquier evento de ocio, público o privado, que implique aglomeración. Los mayores de 12 años lo harán a partir del 30 de noviembre.

Juan José Rey, secretario Local de Salud, explicó que la medida aplica también en bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, escenarios deportivos, ferias y museos, entre otros.

“Vamos a estar inspeccionando que las cosas se den como el decreto lo exige. Los propietarios, administradores y organizadores de eventos son los encargados de solicitar el carné”, indicó el funcionario.

Melissa Franco, secretaría del Interior de Bucaramanga, aclaró que los propietarios y administradores de establecimientos, así como organizadores de eventos, deben adicionar a los protocolos de bioseguridad la presentación obligatoria del carné, quien no lo haga podrá ser sancionado con la suspensión de la actividad comercial de 2 hasta 10 días dependiendo de la gravedad y con una multa de $969.094.

En el caso de los eventos, estos podrán ser suspendidos inmediatamente por parte de la Policía Nacional y se aplicaría una multa especial que va entre 100 y 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en caso de que el aforo llegue hasta las 300 personas; si el aforo va entre 300 y 600 personas, la multa oscilaría entre 151 y 250 salarios mínimo legales mensuales vigentes.

“Estamos hablando de multas de un valor bastante cuantioso. Asimismo hay que recordar que hay unas disposiciones en nuestro Código Penal, de cumplir con los temas de salud. Más allá de las sanciones, lo que queremos es que se adopte de una manera responsable y cuidemos la reactivación segura”, acotó.

Cabe aclarar que, en ningún caso, la multa se le aplicará al ciudadano que no tenga el carné, sino al establecimiento u organizador del evento.

Con la entrada en vigencia de esta directriz no se le exigirá a las personas que tengan completos los esquemas de vacunación contra el COVID-19, basta con que en el documento se evidencie al menos la primera dosis aplicada.

Los cultos religiosos habituales no tendrán esta obligación, excepto si se trata de eventos masivos ceremoniales.

En los centros comerciales tampoco será requisito, pero en cines, restaurantes y áreas de juego sí.

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