Un patrullero activo de la Policía Nacional y un intendente jefe en retiro de esta misma institución fueron capturados tras presuntamente estar involucrados en un grave caso de corrupción en el ejercicio de sus funciones como servidores públicos.
Los hechos, de acuerdo con la información revelada por la Fiscalía y conocida por Vanguardia, sucedieron el 10 de junio del año pasado, en la carrera 9 con calle 6 del casco antiguo de Floridablanca, cuando los acusados le habrían pedido dinero a un expendedor de estupefacientes a cambio de no arrestarlo.
“Los hoy capturados, en su calidad de servidores públicos, constriñeron a la víctima a que entregara dinero y joyas (avaluadas en aproximadamente $3 millones), así como también la sustancia estupefacientes que transportaba en un vehículo, a cambio de no ser detenido”, se lee en un informe del ente acusador.
Al momento de estos hechos, ninguno de estos dos uniformados tenían la función de policías de cuadrante porque estaban asignados a transportar personas privadas de la libertad.
Lo cierto fue que después de esta situación, la Fiscalía recepcionó una denuncia en contra de estos funcionarios públicos.
Tras avanzar con las indagaciones, el CTI y la Sijin de la Policía efectuaron las capturas en contra de los acusados el pasado martes 16 de abril.
El intendente jefe, retirado ya de la institución, fue arrestado en el barrio La Pedregosa de Bucaramanga, mientras que el patrullero fue detenido en la estación de Policía del municipio de Girón.
A ambos les imputaron cargos por el delito de concusión y el Juzgado Sexto de Garantías de Floridablanca decidió dictarles medida de aseguramiento de carácter domiciliaria.
¿Qué es concusión?
El artículo 404 del Código Penal señala que “el servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses”.