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Todo lo que debe saber del ‘Día sin carro y sin moto’ en Bucaramanga y su área metropolitana

Se calcula que, en el papel, hoy 27 de junio, se les restringirá la movilización a cerca de 493.000 motocicletas y 270.000 vehículos particulares.

El próximo martes, 27 de junio, entre las 6:00 a.m. y las 6:00 p.m., se cumplirá una nueva edición del ‘Día sin carro y sin moto’ en Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta.

Así lo confirmó el propio director del Área Metropolitana de Bucaramanga, César Camilo Hernández, al tiempo que resolvió algunas de las inquietudes que tiene la comunidad sobre esta jornada. Veamos:

¿Cómo se podrá movilizar el ciudadano del común?

Ese día se habilitará toda la capacidad transportadora del área; es decir, Metrolínea, el Transporte Público Colectivo, TPC, los taxis, y el sistema Clobi.

¿Se contarán con los suficientes vehículos para movilizar a la comunidad?

Pues el TPC dispone de 821 buses y busetas; y además existen 7.009 taxis y un buen servicio de préstamo de bicicletas.

¿Qué pasará con el pico y placa que rige para los taxistas?

Quedará suspendido ese martes; es decir, todos los taxistas podrán circular ese día.

¿Se acondicionarán más corredores para las ciclas?

Para los amantes de este sistema de movilización se tiene diseñada una variada agenda cultural vial en las diferentes ciclorrutas; además de los servicios Clobi que existen en la ciudad.

¿Qué pasará con los vehículos que ingresan a Bucaramanga, provenientes de otros municipios ajenos al área Metropolitana?

Pues los conductores de estos vehículos deberán acreditar el último tiquete del peaje actualizado con fecha del mismo día, 27 de junio. Y para movilizarse por el área sólo contarán con un permiso de dos horas, no más.

¿Es cierto que los vehículos automotores propulsados por motores eléctricos están exentos de la medida?

¡Es cierto! Ellos sí podrán movilizarse este martes.

¿Qué pasará con los mensajeros que se movilizan en moto?

Las motos vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio, utilizadas exclusivamente para dicha labor y cuyo servicio se encuentren debidamente identificado, con logos y distintivos pintados o adheridos al vehículo o utilizados por quien presta el servicio con la plena identificación del conductor, sí podrán circular.

Esos motociclistas que tengan permiso, ¿acaso podrán llevar parrillero?

¡No podrán llevarlos por ningún motivo!

¿Qué decirles a los detractores de este tipo de medidas?

La verdad es que el ‘Día sin carro y sin moto’ pretende crear conciencia entre la comunidad sobre la importancia de disminuir las emisiones de gases de invernadero y de material particulado proveniente de los vehículos,; además de frenar la contaminación auditiva y la accidentalidad.

¿Qué pasará si los conductores violan el Día sin carro y sin moto’?

Serán drásticamente sancionados con multas que alcanzan los 15 días del salario mínimo legal vigente, además de la posible inmovilización del vehículo.

LOS VEHÍCULOS QUE SÍ PUEDEN CIRCULAR

El Transporte público urbano de pasajeros y los de radio de acción intermunicipal, departamental, nacional y anillos viales.

Los vehículos oficiales, de servicios públicos; además de los de Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, recolectores de basura, de las fuerzas militares, de Tránsito, de la Policía y criminalística; pero todos deberán estar plenamente identificados.

Los automotores conducidos por personas con discapacidad, siempre y cuando se encuentren debidamente acondicionados a sus necesidades. Ojo, ellos deben ir ocupando el vehículo debidamente acreditado.

Los carros de servicios de asistencia médica especializada, identificados externamente.

Los vehículos destinados a asistencias a funerarias, siempre y cuando estén en servicio.

Los vehículos que estén ocupados por personal de prensa y comunicación plenamente identificados.

Los vehículos destinados al transporte de valores, blindados y acondicionados de acuerdo a las normas de seguridad y/o los vehículos que tengan blindaje igual o superior a nivel tres.

Los vehículos que prestan protección y seguridad a las personas que, previa certificación de los organismos de seguridad del Estado, requieran de este servicio.

Los vehículos relacionados a la asistencia técnica: grúas, carros talleres y similares.

Los vehículos que tengan blindaje igual o superior a nivel tres.

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