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Coljuegos regula la publicidad de los juegos de suerte y azar de internet

Tras la reciente polémica por el patrocinio de una casa de apuestas no autorizada a Atlético Bucaramanga, Coljuegos ha dado un paso más para esclarecer lo que está permitido y lo que no en relación con la publicidad de los juegos de suerte y azar.

Mediante la Resolución por la cual se regulan actividades de publicidad, patrocinio, promoción o cualquier otra forma de comunicación comercial de JSA en juegos operados por internet, Coljuegos establece claramente en el artículo 11 que:

Los equipos profesionales únicamente podrán suscribir contratos o convenios de publicidad con los operadores de juegos de suerte y azar autorizados por Coljuegos.

Con este parágrafo de la Resolución, queda aclarado que la ley no solo vincula a los operadores que requieren de una licencia para ofrecer sus servicios en el país, sino que además los clubes deportivos y deportistas también deben velar porque la publicidad solo se refiera a operadores autorizados.

Según BettingGuide, actualmente hay 16 casas de apuestas en Colombia debidamente autorizadas, lo que supone una “rica diversidad de operadores tanto de origen nacional como internacional con una oferta de apuestas amplia y con cobertura de deportes y eventos de alto nivel”.

La lista completa de casas de apuestas autorizadas puede consultarse en la fuente oficial, la web de Coljuegos, así como en diversos portales de comparación de internet que, aunque no ofrecen la posibilidad de jugar, se especializan en ofrecer información sobre el sector de juegos de azar en el país.

Limitaciones a la publicidad

Además de lo anterior, la Resolución establece una serie de limitaciones a la publicidad con el objeto de hacerla más responsable. Dichas limitaciones son:

a) Trasladar la percepción falsa o equívoca de gratuidad o falta de onerosidad de la promoción: Este punto prohíbe a los operadores de juegos de suerte y azar transmitir publicidad que pueda dar a entender que jugar es gratuito o que no tiene un costo asociado.

b) Inducir a confusión respecto a la naturaleza y características del juego: Los anuncios y promociones no deben engañar o confundir al público sobre qué es el juego, cómo funciona o qué se puede esperar de él. Esto significa que la publicidad debe ser clara y transparente, especialmente en el hecho de que los resultados del juego dependen de la suerte y el jugador no puede cambiarlos para asegurarse ganancias mediante su habilidad.

c) Incluir testimonios de personas que hayan obtenido premios derivados de la publicidad del operador: Se prohíbe el uso de testimonios de ganadores en la publicidad. Esta práctica podría inducir a los jugadores a creer que tienen más posibilidades de ganar de las que realmente existen, basándose en los testimonios de otras personas.

d) Todos los operadores de juegos de suerte y azar deberán implementar una segmentación por edad en los diferentes motores de búsqueda: Para proteger a los menores de edad, los operadores deben asegurarse de que la publicidad de estos juegos no sea fácilmente accesible para niños y adolescentes en los motores de búsqueda.

e) No podrá realizarse publicidad en centros de salud, establecimientos de enseñanza públicos y privados donde se realicen actividades dirigidas a niños y adolescentes: Este punto restringe estrictamente los lugares donde se puede mostrar la publicidad de juegos de suerte y azar, protegiendo de esta forma a la población joven y vulnerable.

f) Para efectos de la publicidad contratada por los operadores: Cuando un operador quiera hacer publicidad basada en un contrato de concesión o compra de acciones de la empresa de juego, necesita la autorización de la entidad encargada. Esto asegura que la publicidad cumpla con las regulaciones y estándares establecidos.

*Los juegos de azar son solo para mayores de 18 años. Deben considerarse entretenimiento y nunca una fuente de ingresos. Es importante jugar con responsabilidad, ya que jugar en exceso puede causar adicción.

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