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Condenan a 10 años a uniformado por violencia policial en protestas del 2020

El caso tuvo lugar durante una jornada de protestas y disturbios tras la muerte de Javier Ordóñez, donde se registraron enfrentamientos entre manifestantes y la Policía en diferentes puntos de Bogotá y Soacha.

El patrullero Jhon Antonio Gutiérrez ha sido condenado a 10 años de prisión por su responsabilidad en la violencia y los homicidios de Jaider Fonseca, de 17 años, y Andrés Felipe Rodríguez, de 23, ocurridos el 9 de septiembre de 2020 en el barrio Verbenal, en la localidad de Usaquén, Bogotá. Este es el primer fallo relacionado con los trágicos eventos de esa noche, que estuvieron marcados por la violencia policial durante las protestas en contra de la muerte de Javier Ordóñez, ocurrida bajo custodia policial.

Condenan a 10 años de cárcel a uniformado por violencia policial en manifestaciones de estudiantes en 2020 El caso tuvo lugar durante una jornada de protestas y disturbios tras la muerte de Javier Ordóñez, donde se registraron enfrentamientos entre manifestantes y la Policía en diferentes puntos de Bogotá y Soacha.
Foto: Archivo Colprensa

La sentencia fue emitida por la jueza 44 Penal de Conocimiento de Bogotá. Gutiérrez fue condenado por el delito de homicidio preterintencional, que implica causar la muerte de una persona sin la intención directa de hacerlo, pero con conocimiento de que su acción podría resultar en un daño grave. El patrullero disparó en varias ocasiones contra las víctimas, quienes participaban en las manifestaciones, en inmediaciones del CAI Verbenal, que estaba siendo vandalizado.

Violencia policial: el uso desmedido de la fuerza pública

Según la sentencia, Jaider Fonseca había salido a montar bicicleta y se unió a las protestas, mientras que Andrés Felipe Rodríguez se encontraba en la zona y participaba del cacerolazo. Durante los hechos, los policías, incluyendo a Gutiérrez, lanzaron gases lacrimógenos y utilizaron sus armas de fuego sin que existiera una amenaza letal inmediata. La jueza destacó que los manifestantes no representaban un peligro inminente que justificara el uso de la fuerza letal, especialmente cuando los uniformados contaban con recursos alternativos para dispersar a la multitud.

El fallo también señala que el uso de armas de fuego en ese contexto fue desproporcionado, considerando la formación que Gutiérrez había recibido en técnicas de dispersión no letales. La jueza indicó que, en lugar de recurrir a la violencia armada, el patrullero podría haber optado por medidas menos letales, como el repliegue estratégico o la retirada del lugar, tal como lo habían ordenado sus superiores.

Este caso marca un hito en el proceso judicial por la violencia policial ocurrida durante las protestas del 9-S, y pone de manifiesto la necesidad de una mayor rendición de cuentas en torno al uso de la fuerza por parte de las autoridades en situaciones de manifestación pública.

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