Para entender qué tanto nos podría beneficiar o perjudicar la propuesta de Reforma a la Salud, es importante conocer el funcionamiento actual del Sistema, establecido en 1993 con el fin de garantizar equidad y acceso universal a los servicios de salud a todos los colombianos.
El sistema en 5 puntos
- Afiliación para todos Todos los colombianos tienen derecho a la cobertura en salud, bien sea en el Régimen Contributivo, si trabajan, son independientes o pensionados; o en el Régimen Subsidiado, si no tiene recursos económicos
- Libre elección Los afiliados al Régimen Contributivo escogen la Entidad Promotora de Salud (EPS) que quieran. El aporte se calcula con base al ingreso mensual. En el Régimen Subsidiado la afiliación se realiza a través de las Administradoras de Régimen Subsidiado (ARS)
- Manejo de la plata La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) es la entidad que le debe paga a las EPS y a las ARS por la atención a los usuarios.
- Atención a los usuarios Las EPS y las ARS gestionan la atención de sus afiliados a través de la red de prestadores de servicios de salud (IPS) que incluye hospitales, clínicas centros de atención y dispensadores de medicamentos. Pueden ser públicos o privados.
- Plan de Beneficios en Salud (PBS). Es el conjunto de servicios al que tienen derecho TODOS los afiliados: atención preventiva, medicina general, odontología, urgencias, medicamentos, exámenes, procedimientos especializados, enfermedades complejas, hospitalización, cirugías, licencias o incapacidad en algunos casos.
La ruta de atención a los usuarios
Citas y atención primaria: La persona contacta a la EPS o ARS para solicitar una cita médica que se brinda en centros de atención médica básica, donde se realizan diagnósticos y tratamientos iniciales
Atención especializada: Si la condición de salud del usuario requiere consulta con un especialista, o exámenes más complejos, la EPS o ARS debe coordinar lo que sea necesario.
Autorización de procedimientos o medicamentos: Algunos procedimientos, tratamientos o medicamentos requieren autorización previa. El usuario debe solicitar esta autorización a la EPS o ARS para continuar.
Hospitalización o cirugía: En casos que requieran hospitalización o cirugía, la EPS o ARS debe gestionar el ingreso del usuario a una institución de salud adecuada.
Entrega de medicamentos: Después de ordenados por el médico la EPS o ARS debe hacer entrega de los medicamentos directamente o a través de un prestador de servicio de la red
Seguimiento: Si se requiere los usuarios pueden solicitar a la EPS o a la ARS seguimiento médico y estas deben coordinar para garantizar una atención continua.