La Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya, Países Bajos, se prepara para leer un fallo crucial este jueves 13 de julio, respecto a la disputa marítima entre Colombia y Nicaragua. Este pleito, el tercer caso presentado ante la CIJ, ha generado tensiones y preocupaciones en ambos países, y su desenlace podría tener importantes consecuencias para la jurisdicción de las aguas en cuestión.
El reclamo de Nicaragua a Colombia
En septiembre de 2013, Nicaragua presentó una demanda contra Colombia ante la CIJ, alegando su derecho a extender su plataforma continental más allá de las 200 millas marinas contadas desde su costa. Según el reclamo nicaragüense, esta extensión se prolongaría hasta el mar colombiano. Cabe aclarar que la plataforma continental extendida que busca Nicaragua abarca áreas submarinas que se consideran una supuesta prolongación natural de su territorio continental, donde se encuentran recursos valiosos como reservas de petróleo y gas.
La posición de Colombia y las consecuencias del fallo
Colombia ha defendido que la plataforma continental extendida no es un derecho en sí mismo, sino un derecho establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), de la cual Colombia no es parte, mientras que Nicaragua sí lo es. La defensa de Colombia ha argumentado que las normas de esta convención no aplican al caso, ya que no reflejan el carácter consuetudinario de la plataforma continental hasta las 200 millas marinas. Además, Colombia ha sostenido que sus derechos a una zona económica exclusiva y su plataforma continental de 200 millas marinas prevalecen sobre las pretensiones de Nicaragua.
El fallo de la CIJ podría afectar la ejecución de los derechos marítimos de ambos países, ya que hay derechos que coinciden. Si la Corte le da la razón a Nicaragua, esto significaría un aprovechamiento de las aguas más profundas que se encuentran debajo de la zona económica exclusiva de Colombia. En cambio, si el fallo favorece a Colombia, mantendría su jurisdicción sobre estas aguas y preservaría sus derechos marítimos actuales.
Perspectivas de los expertos
Carlos Arévalo, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, consultado por El Tiempo, señaló que este litigio puede afectar los derechos marítimos de ambos países, ya que existen áreas en disputa. Destaca la importancia del fallo, puesto que determinará si Nicaragua tiene derecho a una plataforma continental extendida y cuáles serían las consecuencias de ello.
El agente colombiano ante la CIJ, Eduardo Valencia-Ospina, ha argumentado que Colombia se ajusta a la ley del mar y que está respaldada por la práctica de los Estados y los puntos de vista de los Estados vecinos del mar Caribe, quienes han protestado contra las pretensiones de Nicaragua. Por su parte, la defensa de Nicaragua ha sostenido que no hay ninguna norma que le prohíba extender su plataforma más allá de las 200 millas marinas bajo la jurisdicción de Colombia.
La expectativa del fallo
Con la lectura del fallo pendiente, la incertidumbre prevalece en relación con el resultado. Tanto Colombia como Nicaragua esperan una resolución favorable a sus respectivas posiciones. Sin embargo, lo más probable es que este fallo no cierre definitivamente la demanda, lo que sugiere que la disputa marítima entre ambos países podría continuar en el futuro.
Lo que sabe la Corte Internacional de Justicia se basa en las audiencias orales realizadas hace siete meses, en las cuales se abordaron aspectos jurídicos fundamentales.
Durante las audiencias orales celebradas en diciembre del año pasado, ambos países respondieron preguntas específicas relacionadas con aspectos jurídicos clave. Uno de los interrogantes abordó si, según el derecho internacional consuetudinario, un Estado tiene derecho a extender su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas de su costa dentro de las 200 millas náuticas de otro Estado. Además, se buscó determinar si existen criterios en el derecho internacional consuetudinario para establecer el límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas contadas desde las líneas de base.
Asimismo, la Corte investigó si los párrafos 2 a 6 del artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar) reflejan el derecho internacional consuetudinario. El fallo de la CIJ pretende aclarar si hay una norma jurídica aplicable a este caso, basándose en los argumentos presentados por ambas partes.
Sin embargo, es importante destacar que el equipo de defensa de Colombia advierte que este fallo podría no cerrar definitivamente el caso. Dado que la decisión se centra en aspectos jurídicos, y aún no se discutieron argumentos científicos o institucionales durante las audiencias orales. Existe la posibilidad de que la CIJ cite nuevamente a audiencias si considera necesario profundizar en estos aspectos. En ese caso, Colombia se encuentra preparada, ya que los argumentos relacionados con esos temas fueron presentados durante la etapa escrita del proceso.
Al respecto, en diciembre del año pasado, durante las audiencias orales, el agente colombiano ante la CIJ, Eduardo Valencia-Ospina, enfatizó en que Colombia es “el primer país, y ojalá el último, que tendrá que defenderse en un caso en el que la totalidad del área supuestamente relevante se ubica más cerca de su costa que la del solicitante”.
También afirmó que “Nicaragua pertenece al club minúsculo y exclusivo de países que creen que las plataformas continentales extendidas pueden invadir los derechos de 200 millas náuticas de otros Estados”.
Dos posibilidades
Para Carlos Arévalo, el mejor escenario es que Colombia gane las dos preguntas y que la Corte determine que no hay derecho para extender la plataforma de Nicaragua y se cierre el caso.
Por otro lado, considera el experto, “el peor escenario es que (la Corte) diga que sí ve que Nicaragua tiene un derecho y que eso puede llegar a afectar también los derechos de Colombia, por lo que tendría que entrar a revisar cómo se afectarían los derechos de Colombia para que se pueda materializar ese derecho que tiene Nicaragua”.
Arévalo menciona que también puede haber escenarios intermedios, es decir, cuando en el fallo se le dé la razón a alguno de los dos países, por lo que el caso deba continuar para evaluar otros aspectos que no se han discutido.