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Servidores públicos no pueden hacer teletrabajo desde el exterior: Función Pública

Los servidores públicos a quienes se permita la posibilidad de hacer teletrabajo, no podrán hacerlo desde el extranjero e incluso ni siquiera desde otra ciudad del país.

Los servidores públicos a quienes se permita la posibilidad de hacer teletrabajo, no podrán hacerlo desde el extranjero e incluso ni siquiera desde otra ciudad del país.

La instrucción está incluida en la “Guía técnica para prevención y actuación en seguridad y salud en situaciones de riesgo en el teletrabajo”, emitida por el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Mintic.

La guía señala que uno de los deberes de la administración es la verificación de las condiciones del lugar destinado al teletrabajo respecto de sus condiciones de seguridad y salud en el trabajo, por lo cual no es posible cumplir con este requisito si el servidor público reside en una ciudad diferente y aún más en el extranjero.

Las personas que cumplan teletrabajo deberán cumplir una jornada definida de trabajo, para delimitar la responsabilidad en caso de un accidente, evitar la carga excesiva de trabajo y respetar la intimidad familiar del teletrabajador y del superior jerárquico.

El teletrabajo tambien requiere la voluntad de ambas partes para laborar mediante esta modalidad, razón por la cual, si en cualquier momento de la relación laboral, la administración considera pertinente dar por terminado el teletrabajo con uno o más empleados, deberá poner en conocimiento de estos, quienes deberán continuar con su actividad laboral en la sede física de la entidad u organismo de forma inmediata.

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