La Corte Constitucional protegió los derechos de las niñas, niños y adolescentes de la vereda Zúñiga, del municipio de Coromoro, Santander, quienes deben desplazarse por una vía peligrosa para asistir al colegio en la vereda Pueblo Viejo.
La problemática se suscito desde el año 2016, cuando las fuertes lluvias tumbaron el puente ‘El Derrumbe’, que comunica a las dos veredas y el cual no ha sido reconstruido, por lo que el presidente de la junta de Acción Comunal de la vereda Zúñiga instauró una acción de tutela.
La acción contra la Alcaldía de Coromoro y la Gobernación de Santander, se presentó ya que los menores se han visto forzados a transitar hacia la vereda Pueblo Viejo por el terreno circundante al lugar en donde se encontraba el puente, arriesgando sus vidas e integridad personal.
La Sala Cuarta de Revisión de tutelas, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, revisó el caso y encontró que, aunque reconoce los esfuerzos de las autoridades municipales y departamentales, no son suficientes porque se trata de paliativos que no resuelven de manera eficaz el problema.
Las tres alternativas con que cuentan los menores para llegar al colegio en la vereda Pueblo Viejo implica caminar, por lo menos, de dos a cinco horas, lo cual les impone cargas desproporcionadas para acceder al plantel, sobrepasando el límite de lo razonable.
“Caminar aproximadamente cuatro horas diarias para ir y volver al colegio, y desarrollar una jornada escolar entre cinco y seis horas, no resulta aceptable ni adecuado a las circunstancias de formación de los menores de edad y constituye una auténtica barrera física y geográfica que no se compadece con el componente de accesibilidad del derecho fundamental a la educación”, señala la sentencia
El alto tribunal advirtió que predomina la pasividad y falta de iniciativa a la hora de darle solución al problema que aqueja a las niñas, niños y adolescentes, por lo que dispuso la conformación de una mesa de diálogo entre las autoridades municipales y departamentales y los habitantes de la vereda Zúñiga para que se elabore un cronograma de trabajo para brindar una solución definitiva.
Este plan debe ser presentado por la Alcaldía de Coromoro al juez del municipio, en un plazo de cuatro meses, quien se encargará de verificar su cumplimiento junto con la Procuraduría General de la Nación y la Personería del lugar.
La Corte se abstuvo de ordenar la reconstrucción del puente, teniendo en cuenta el concepto de expertos que dan cuenta de la inviabilidad de la obra, debido a la inestabilidad del terreno.
Además, se estimó pertinente vincular al Ministerio de Educación y al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por su calidad de órganos orientadores de la política pública de educación.