El abogado del exgobernador, Iván Cancino, aseguró que la detención debe revocarse porque el proceso fue remitido a la Fiscalía General, lo que quiere decir que Richard Aguilar debe ser procesado bajo el código penal vigente y no por la ley 600 rige en la Corte para los aforados.
En el marco del código Penal, de acuerdo con expertos, no se puede mantener detenido a un procesado sin antes imputarle cargos.
Lo mismo sucedió en el caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La audiencia quedó suspendida y la decisión del magistrado se conocerá el próximo viernes 3 de septiembre a las 11:00 de la mañana.
El pasado jueves 19 de agosto, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia remitió a la Fiscalía General de la Nación el expediente contra el exgobernador de Santander, Richard Aguilar Villa, por su presunta participación en una red de corrupción mientras fungía como mandatario departamental.
La decisión la tomó la Sala de Instrucción de la Corte tras estimar que luego de la renuncia de Aguilar al Congreso, perdió competencia.
El caso
Según la investigación de la Sala de Instrucción, en la celebración de por lo menos cuatro contratos de infraestructura que se adjudicaron y desarrollaron bajo su administración, el entonces gobernador de Santander, Richard Aguilar, habría ordenado a algunos funcionarios de la administración departamental favorecer y entregar esos contratos a ciertas personas o consorcios previamente señalados por él.
Aguilar Villa está bajo la lupa de la Corte Suprema, debido a las declaraciones entregadas por la pareja de esposos Claudia Toledo y Lenin Pardo (exsecretaria de Infraestructura departamental y excontratista de la Gobernación), quienes señalan al hoy Senador de Cambio Radical de haber ordenado el direccionamiento de los contratos de obras e interventoría para el reforzamiento del estadio Alfonso López de Bucaramanga, por valor de $23 mil millones; la adjudicación del Corredor vial San Gil – Charalá – Límites, contrato por más de $185 mil millones, y en el corredor vial Agroforestal por $147 mil millones, así como las obras del Tercer Carril entre Bucaramanga y Floridablanca, por valor de $113 mil millones. Contratos que suman cerca de $500 mil millones.
Ante esta situación, la Corte señaló al exsenador Aguilar por su presunta participación en los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales, interés indebido en la celebración de contratos, concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación.