En fallo de segunda instancia, la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la Resolución 27040 del 29 de noviembre de 2023, por medio de la cual el gobernador Mauricio Aguilar Hurtado designó a Javier Orlando Acevedo como alcalde de Girón para lo que restaba del período 2020-2023.
Para el máximo tribunal de lo contencioso administrativo, el mandatario departamental se extralimitó, pues desconoció la Ley y la norma frente a la terna presentada por el partido Alianza Verde para reemplazar a Carlos Román Ochoa como alcalde de Girón en la vigencia 2020 – 2023.
“Al no existir consenso entre las colectividades, conforme con los documentos que fueron adosados como soporte del acto demandado, el nominador debió velar por mantener el voto programático para respetar el acuerdo de voluntades o acto de coalición y tener como válida la terna presentada por la Alianza Verde, dando primacía al valor democrático del sufragio que refrendó ese proyecto político, finalidad que es la perseguida por la norma superior, al buscar que sean quienes inscribieron al elegido los que puedan reemplazarlo”, consideró el alto tribunal.
Contrario a esto, Mauricio Aguilar ignoró la terna presentada por el Partido Verde, dueño del aval principal de Román Ochoa y nombró a Javier Acevedo, exsecretario de Planeación de Santander y su amigo personal, como alcalde designado de Girón.
Sin extemporaneidad
Así mismo, el Consejo de Estado desestimó el argumento de la administración Aguilar que señalaba que la terna presentada por el partido Alianza Verde para reemplazar a Carlos Román como alcalde de Girón, estaba viciada, toda vez que fue presentada de manera extemporánea.
Para el alto tribunal, si bien en este caso la Alianza Verde en estricto sentido excedió el plazo que la norma establece, esto es, los 10 días para la remisión de la terna, también lo es que previo a que la Gobernación expidiera el acto administrativo nombrando al próximo alcalde, la colectividad política hizo uso de su prerrogativa de postular sus candidatos.
“Para este caso, no se advierte que el solo hecho que el partido Alianza Verde hubiese excedido el término de entrega por 1 día hábil, en el cual, tampoco se había expedido el acto demandado, devenga en legítimo para desconocer derechos fundamentales que contrarían las máximas de la representatividad democrática como lo es el fortalecimiento de los partidos y movimientos políticos que son los que postulan a los elegidos popularmente”, agregó en su fallo el Consejo de Estado.
Por su parte, la defensa de la Gobernación de Santander insistió en que la demanda no tiene ningún asidero jurídico toda vez que Javier Acevedo en su momento fue designado alcalde de Girón tras la nulidad de la elección de Carlos Román Ochoa como mandatario local, y estaba revestida de legalidad debido a que Acevedo era militante del partido Conservador, colectividad que hizo parte de la coalición de que respaldó en 2019 la aspiración de Ramón Ochoa.
“Dentro de los antecedentes del acto administrativo acusado reposan las pruebas en las que se soporta el nombramiento que corresponden al certificado de filiación política del ingeniero Acevedo Beltrán como militante del partido Conservador, la certificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil que da cuenta de la conformación de la coalición “Carlos Román alcalde””, argumentó la Gobernación.
Sin afectación para Girón
A pesar del fallo del Consejo de Estado la autoridad administrativa de Girón continúa bajo la batuta de Yulia Rodríguez quien fue escogida como alcaldesa en las elecciones atípicas del 2021 para reemplazar a Carlos Román Ochoa, quien había sido separado del cargo por haber incurrido en doble militancia.