Si usted fue multado y le toca pagar un comparendo del Código del Policía, podrá acceder hasta el 30 de junio al beneficio del 60% si paga antes de esta fecha.
El beneficio va dirigido a los 18.300 ciudadanos sancionados por infringirlas normas de seguridad y convivencia ciudadana durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio.
También se acogerá al 0% de interés en el pago, para las infracciones que se aplicaron durante el 16 de marzo al 31 de agosto del año 2020.
“Este es un descuento otorgado por una única vez, motivo por el cual invitamos a toda esa ciudadanía, más de 18.300 personas, a que pueden acogerse a este beneficio que termina en mes”, explicó Melissa Franco, subsecretaria del Interior de Bucaramanga.
De acuerdo con la dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía, de los comparendos impuestos el año pasado, varios son multas tipo 4, que equivalen al pago de $936.000. Las multas tipo 1 y 2 no reflejan pago pecuniario, si se hacen los cursos de convivencia en los primeros cinco días.
Para cancelar su multa del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (tipo 1,2, 3 y 4) debe escribir al correo: multas@bucaramanga.gov.co y allí podrá solicitar la liquidación.
La deuda de estos comparendos, impuestos en Bucaramanga, asciende a $15.975 millones; con el descuento del 60% la deuda baja a $6.390 millones.
Si no acude a pagar y han trascurrido 90 días (tres meses), desde la ratificación de la multa por parte de autoridad competente, en este caso los inspectores de policía, sin que se hubiera pagado la multa impuesta, pueden proceder al cobro coactivo, (incluyendo intereses de mora y costas procesales).
Además, si no cancela los comparendos, no podrá ser nombrado o ascendido a un cargo público, no se podrá obtener o renovar permiso de porte de armas y no se podrá contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado.
Precios de las multas
Tipo 1: Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes.
Tipo 2: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes.
Tipo 3: Dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes.
Tipo 4: Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes.