Por: Euclides Ardila
La reciente caída del muro de una vivienda, en el barrio Ricaurte, ‘puso el dedo en la llaga’ de las trampas urbanas a las que se ven expuestos peatones y conductores en Bucaramanga.
Hablamos de las construcciones viejas. Según un diagnóstico preliminar de la ciudad, al menos 164 paredones, de igual número de casonas abandonadas, podrían colapsar y causar tragedias.
La advertencia es grave, sobre todo, si se tiene en cuenta que la falta de mantenimiento y la humedad, provocada por las lluvias de los últimos días, podrían ser los ‘caldos de cultivos’ de futuros desplomes.
De acuerdo con Luis Ernesto Ortega, director de Gestión del Riesgo de Bucaramanga, “los propietarios son responsables de mantener ese patrimonio inmobiliario en buen estado. Este no se puede dejar deteriorar porque pierde valor; ahora bien, cuando un paredón, por falta de mantenimiento afecta a terceros, enseres, vehículos y transeúntes, serán responsables de pagar estas afectaciones”.
“Al no realizar este mantenimiento están poniendo en riesgo vidas de personas que circulan sobre el espacio público”, agregó.
Así las cosas, los dueños están obligados a demoler la construcción que se encuentra en riesgo; o en su caso, deberán realizar las obras necesarias para evitar dicha caída.
Si no lo verificare el propietario de la obra ‘ruinosa’, el Municipio podrá hacerla demoler a costa del mismo. (Ver recuadro)
Así se destierra la amenaza, procediendo a la demolición de los muros, para acabar con el riesgo de caída; o en su caso, puede obligar a los dueños a realizar tales ejecuciones.
¿CÓMO DENUNCIAR?
Si usted tiene de ‘vecino’ un muro en muy mal estado o una construcción de cualquier tipo, que amenaza con caerse, y el dueño del predio no se anima a tomar medidas, ni realiza obra de reparación alguna, lo que pone en riesgo a las cosas o personas, usted puede denunciarlo.
Si se dan los requisitos previsto en la ley, usted tendría la facultad de obligar a su vecino a demoler la construcción defectuosa o, en su caso, a realizar las reparaciones necesarias para asegurar que no se derrumbe.
Naturalmente será preciso hacer el reporte en la Oficina de Atención al Riesgo. Si el muro, propiedad o construcción de su vecino amenaza con derrumbarse y causar daños, y usted desea un asesoramiento legal, cualquier abogado de un consultorio jurídico de la ciudad le ayudará con la demanda.
CONCEPTO
El tiempo de vida útil de una casa vieja no siempre está sujeto a los años que lleva de construida. Muchas veces el abandono es más implacable con la edificación que el propio calendario.
Varias edificaciones del Centro no solo llevan más de seis décadas de construidas; además fueron levantadas con materiales rústicos como el bahareque, el cual las hace menos resistentes a fenómenos naturales.
LO QUE DICE EL POT
El Plan de Ordenamiento Territorial, POT, en su artículo 470 del Acuerdo 011 de 2014, dice que cuando se evidencie la existencia de una edificación abandonada, excavaciones y/o obras inconclusas, la Secretaría del Interior Municipal procederá a impartir la orden al propietario para que acometa las obras de encerramiento, estabilización del terreno o demolición en caso de amenaza de ruina; orden que debe ser cumplida en un plazo máximo de dos meses.
En caso de que el propietario no diere cumplimiento a la orden o no fuere posible establecer el sitio al que se le debe enviar la comunicación, la Secretaría del Interior procederá a tomar las decisiones que correspondan para que la Secretaría de Infraestructura construya las obras o haga la demolición. En este caso, los costos de tales ejecuciones deberán ser asumidos por el propietario, mediante cobro coactivo.