Con el propósito de mejorar la seguridad de los actores viales del país desde el componente de vehículos seguros, el Ministerio de Transporte, con el apoyo y el trabajo técnico de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv), se adoptó el primer reglamento técnico.
Este exige que las motocicletas nuevas que se comercialicen o ensamblen en el país estén equipadas con sistemas de frenado certificados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o aprobados por el estándar de Estados Unidos Federal Motor Vehicle Safety Standards (Fmvss).
“Este reglamento técnico será un hito en Colombia y en la región, dado el ascenso tecnológico que representa esta normativa en la seguridad tanto de los motociclistas, como de los demás actores viales del país. Desde el Ministerio de Transporte, con el apoyo de nuestras entidades adscritas, seguiremos trabajando decididamente, a través del diálogo y la concertación, para crear condiciones que disminuyan la siniestralidad vial y protejan la vida de todos los ciudadanos”, explicó el ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes González.
Este reglamento técnico también busca que las motocicletas nuevas que lleguen al país o se ensamblen estén equipadas con sistemas de freno CBS (sistema de frenado combinado) o ABS (sistema antibloqueo de frenos), en función del cilindraje o potencia del vehículo.
El sistema antibloqueo de frenos ABS evita que una o las dos ruedas se bloqueen y patinen, lo cual puede provocar la pérdida de control del vehículo o la caída del motociclista.
Este sistema funciona midiendo la velocidad de giro de cada rueda, la presión ejercida a cada uno de los frenos e incluso, la inclinación de la motocicleta.
Este reglamento técnico también busca que las motocicletas nuevas que lleguen al país o se ensamblen estén equipadas con sistemas de freno CBS (sistema de frenado combinado) o ABS (sistema antibloqueo de frenos), en función del cilindraje o potencia del vehículo.
El sistema antibloqueo de frenos ABS evita que una o las dos ruedas se bloqueen y patinen, lo cual puede provocar la pérdida de control del vehículo o la caída del motociclista.
Este sistema funciona midiendo la velocidad de giro de cada rueda, la presión ejercida a cada uno de los frenos e incluso, la inclinación de la motocicleta.
Así puede predecir cuándo se va a bloquear una rueda y modular el frenado para mantener la tracción con el suelo y la estabilidad.
Mientras, el sistema de frenado combinado CBS, distribuye la fuerza de frenado en ambas ruedas, incluso, si solo se utiliza uno de los frenos.
Es decir, cuando la motocicleta frena de forma repentina, alguna de las ruedas puede perder adherencia con el suelo, este sistema evita la transferencia de peso excesivo a una sola rueda distribuyendo la fuerza de frenado a cada una de las llantas.
“Ambos sistemas reducen la distancia de frenado en condiciones de poca adherencia, lo que implica que puede reducir el riesgo de colisión con otros actores viales u objetos fijos y permite al motociclista reaccionar y tomar medidas evasivas, que ha sido una de las preocupaciones que tenemos con respecto al motociclista que en lo corrido de 2022”, puntualizó el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota.
Agregó que este es el actor vial que representa más de la mitad del total de víctimas fatales en las vías, son uno de los tres usuarios más vulnerables en la vía y “entendemos sus necesidades y que en un alto porcentaje son los proveedores de sus hogares”.
Cómo será la aplicación
La aplicación de este reglamento tendrá un periodo de transición, de tal manera que, a partir de octubre de 2025, todos los vehículos nuevos de 2 o 3 ruedas deberán cumplir con los requisitos técnicos referentes al desempeño seguro de sus sistemas de frenado.
Es decir, deben haber superado los ensayos definidos en la norma.
En relación con el equipamiento de sistemas avanzados de frenado, a partir de octubre de 2025, las motocicletas con cilindraje mayor a 50 cm3 (o potencia nominal mayor a 4 Kw) deberán incorporar CBS o ABS y las motocicletas con cilindraje mayor a 150 cm3 (o potencia nominal mayor a 11Kw) deberán incorporar ABS.
A partir de marzo de 2027, todas las motocicletas con cilindraje superior a 125 cm3 deberán estar equipadas con sistema ABS, y las motocicletas de cilindraje inferior a 125 cm 3 con CBS o ABS.
Igualmente, los comercializadores deberán obtener para los sistemas de frenado incorporados en las motocicletas, el respectivo certificado de conformidad de producto mediante el cual se acredite el cumplimiento de la totalidad de requisitos técnicos y ensayos.