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Conozca qué hacer, si desde hoy se le vence la licencia de conducción

Para obtener el nuevo documento no debe volver a hacer el curso de conducción, pero sí tendrá que realizar el examen físico, mental y de coordinación motriz en un Centro de Reconocimiento de Conductores.

Para los conductores que se les vencía la licencia entre el 1 y el 31 de enero de 2022, la Ley 2161 de 2021 les dio un plazo de dos años para renovarla, lo que benefició a más de 4.830.000 de personas. Sin embargo, aquellos a quienes se les vence desde hoy, 1 de febrero, deben renovarla para seguir manejando bajo la ley.

Y es que si su licencia se le vence hoy o esta próxima, estos son los plazos y condiciones para renovarla según el Ministerio de Transporte.

“Hacemos un llamado a todos los conductores para que realicen su renovación y de este modo, evitar ser objeto de sanciones por las autoridades de tránsito, incluso prevenir que el vehículo sea inmovilizado en cualquier carretera del país” manifestó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Requisitos para renovar

Acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) y agendar una cita para realizarse los exámenes físico-mental y de coordinación motriz para conducir.

No contar con multas o infracciones de tránsito.

Al momento de cumplir la cita debe llevar consigo el documento de identidad original y contar con disponibilidad de tiempo.

Al terminar este proceso la información quedará cargada automáticamente en la plataforma Runt.

Agendar una cita previa en el organismo de tránsito de su ciudad o municipio para renovar su licencia de conducción y pagar los valores estipulados.

¿Costo de la renovación?

El valor del trámite varía en cada organismo de tránsito, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1005 de 2006. En Bucaramanga el costo es de $57.663 correspondiente a los derechos de trámite.

Los conductores pueden revisar la fecha de vencimiento de su licencia de conducción en el documento en físico o a través de la página web:  runt.com.co/ciudadano/consulta-documento.

Es importante resaltar que para los conductores de vehículos de servicio particular, el trámite debe hacerse cada diez años, si la persona tiene menos de 60 años.

Si el ciudadano tiene entre 60 y 80 años, el proceso debe realizarse cada cinco años, y para los mayores de 80 años la renovación debe hacerse anualmente.

En el caso de la licencia para servicio público, la renovación es cada tres años.

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