Los más recientes hechos de orden público en El Catatumbo, en Norte de Santander, donde el Eln y las disidencias de las Farc se han declarado una guerra ‘de guerrillas’ por el control de las rutas del narcotráfico que cuentan con más de 42 mil hectáreas sembradas incluyendo la zona fronteriza con Venezuela, han llevado al Gobierno Nacional a instalar un puesto de mando unificado con la intención de estudiar qué medidas tomar para garantizar la seguridad.
Una de esas decisiones que están sobre la mesa del presidente Gustavo Petro y del gabinete, está relacionada con la posibilidad de declarar en Norte de Santander estado de conmoción interior para garantizar la seguridad toda vez que en esta región del país se han cobrado más de 30 vidas en lo que va de este año.
La conmoción interior está consagrada en el Artículo 213 de la Constitución Política de 1991. Antes era conocida como el Estado de Sitio y contempla que: “En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado”.
Dice el mismo artículo que el Gobierno enviará a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades a que se refieren los artículos anteriores, para que aquella decida definitivamente sobre su constitucionalidad, de lo que se deduce que solo entraría a regir con el aval del alto tribunal.
Expertos recuerdan que antes de la Constitución del 91 Colombia estuvo regida durante casi dos décadas por el Estado de Sitio, siendo controvertida su aplicación durante el Gobierno de Julio César Turbay. Luego, se dice, César Gaviria la usó para convocar la Asamblea Nacional Constituyente.
Ya como conmoción interior, el mismo Gaviria recurrió a ella en su lucha contra el narcotráfico, pero la Corte la declaró inexequible. De igual forma, al comienzo de su primer mandato Álvaro Uribe la aplicó para buscar más recursos para la financiación de las Fuerzas Armadas. En su segundo periodo quiso volver a ella, pero no tuvo el visto bueno constitucional.
Esta figura permite al jefe de Estado tomar decisiones respecto a la seguridad, expedir nuevos decretos, derogar otras con el objetivo de garantizar la seguridad de todo el país o de un departamento en especial.