Hasta este 16 de enero hay plazo para que 350 mil cotizantes de Colpensiones elijan su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai).
Antes que nada es importante que tenga presente cuáles son las personas que deben tomar estar determinación y si usted aplica a este cambio que trae la reforma pensional.
La premisa inicial es el tiempo de cotización a pensión. Si es mujer y tiene cotizadas 750 semanas o más no deberá preocuparse por elegir Accai, pues quedará en el antiguo régimen de pensiones. Si es hombre y tiene cotizadas 900 semanas o más, tampoco tendrá que optar por este Accai.
Pero si usted tiene menos semanas cotizadas no entra en el régimen de transición y deberá revisar otro factor clave: su salario y el monto de cotización a pensiones.
De acuerdo con la ley de pensiones, que empezará a regir el primero de julio de 2025, todos los cotizantes que no entren en el régimen de transición deberán pasar a Colpensiones. En el fondo público tendrán que cotizar hasta 2,3 salarios mínimos. Lo que exceda ese monto tendrá que cotizarse en uno de los cuatro Accai que se encuentran disponibles.
Despejadas esas primeras dudas, pasemos a otros escenarios que podrían orientarlo para saber si tiene que elegir o no un Accai. Protección, Colfondos, Porvenir y Skandia son los cuatro Accai avalados por la Superintendencia Financiera.
En resumen, para elegir un Accai no importa la edad, solo se tiene en cuenta sus semanas cotizadas (si le aplica la reforma pensional) y el salario que gane, sobre el cual se hacen las cotizaciones.
Caso 1: Sí debe elegir
En caso de que sea una mujer con menos de 750 semanas cotizadas, afiliada a Colpensiones y con un salario superior a los $3.272.900 en 2025, deberá escoger uno de los fondos complementarios.
Si usted es un hombre que actualmente cotiza en Colpensiones, tiene menos de 900 semanas cotizadas y gana más de $3.272.900 en 2025, sí debe elegir un Accai.
Accai y reforma pensional en Colombia: Abecé para que conozca si debe escoger un fondo complementario de pensión | Foto: tomada de internet
Caso 2: No es obligatorio
En caso de que sea una mujer con menos de 750 semanas cotizadas, esté afiliada a un fondo privado y con un salario superior a los $3.272.900 en 2025, no está obligada a escoger uno de los fondos complementarios, si no lo desea. Pues podría mantenerse con el fondo privado en el que se encuentra.
Si usted es un hombre que actualmente cotiza en uno de los cuatro fondos privados, tiene menos de 900 semanas cotizadas y gana más de $3.272.900 en 2025, tampoco está obligado a elegir un Accai.
Sin embargo, podrá revisar las opciones de rendimiento de cada Accai y podría cambiarse. De acuerdo con la normatividad, cada seis meses podría modificar su Accai.
Caso 3: Apenas comienza vida laboral
Si está iniciando su vida laboral antes del 30 de junio de 2025 y tiene ingresos por más de 2,3 salarios, deberá elegir un Accai.
Caso 4: No supera la cotización
En caso de que usted sea un trabajador que gane menos de 2,3 salarios mínimos $3.272.900 en 2025, no tendrá que elegir su Accai porque estos fondos están destinados para aquellos cotizantes que superen el umbral de 2,3 salarios mínimos que fijó la reforma pensional.
¿Qué pasa si no eligió su Accai antes del 16 de enero?
En el caso de que no haya realizado su elección antes de la fecha contemplada, la ley deja en cabeza del Gobierno Nacional a través de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp) la asignación de Accai de manera aleatoria, para aquellas personas afiliadas a Colpensiones que no escogieron dentro del plazo estipulado y que tienen ingresos por encima de 2,3 salarios mínimos.
Si la persona no queda a gusto con esa selección, puede hacer cambio de Accai seis meses después de la entrada en vigencia de la reforma pensional, lo cual aplica a partir del 1 de julio de 2025. “Este ahorro se irá construyendo en la Accai a lo largo de la vida laboral y será un complemento a la pensión que recibirán por lo cotizado en Colpensiones”, añadió Asofondos en un comunicado.