El porte obligatorio de prendas reflectantes durante las horas nocturnas es una de las normas que más se incumplen en Bucaramanga por parte de motociclistas. Muchos ni siquiera están enterados que se trata de una infracción que acarrea sanciones, incluso la inmovilización del automotor.
En el caso del uso del casco reglamentario, a pesar de la pedagogía realizada por las autoridades en los últimos años, aún se observan cientos de conductores y pasajeros de moto utilizando cascos que no cumplen con las regulaciones, como la completa protección del rostro, y muchos usuarios ni siquiera usan estos objetos.
Hablamos de dos obligaciones contenidas en las normas que forman parte del Código Nacional de Tránsito, y que las autoridades diseñaron con el fin de promover la seguridad vial y la protección de los mismos motociclistas.
Ante los numerosos casos de incumplimiento que día a día se observan en las calles de la capital santandereana, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, DTB, anunció en las últimas horas que se intensificarán las labores de control y sanción frente al porte y uso correcto tanto del casco como del chaleco o prendas reflectantes.
Para que tenga claras las reglas y evite sanciones, Vanguardia le precisa en este informe cuáles son las normas que se imparten en la ‘Ciudad Bonita’ sobre la utilización de dichos objetos por parte de los motociclistas.
Existen 528.835 motocicletas matriculadas en los cuatro municipios que conforman el área metropolitana de Bucaramanga, según estadísticas oficiales con corte a diciembre de 2022.
Carlos Bueno, director de Tránsito de Bucaramanga, indicó que “como parte de las medidas complementarias para reducir la accidentalidad, vamos a fortalecer los controles sobre los motociclistas, especialmente en el uso de las prendas reflectantes”.
La multa por no utilizar el chaleco reflectante en los horarios establecidos genera una multa por un valor que supera los $570.000.
La Dirección de Tránsito precisó que adicionalmente “la motocicleta puede ser inmovilizada. Vale recordar que dicha sanción también aplica para los motociclistas que no utilicen el casco cuando se movilizan por las carreteras y calles del país, a cualquier hora del día o la noche”.
Más del 24 % de la población del área metropolitana de Bucaramanga utiliza la motocicleta como medio de transporte diario.
Las prendas reflectivas “deben ser visibles”
Lo primero que debe quedar en claro frente al uso del chaleco reflectante es que ambos usuarios de motocicleta, tanto conductor como pasajero, deben utilizarlo mientras se movilicen en vías públicas.
El horario en el que rige esta medida en Bucaramanga, tal y como lo estableció el Código de Tránsito, es entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.
Los motociclistas también deben tener en cuenta que según las autoridades “los chalecos o prendas reflectantes deben ser visibles cuando se conduzca”.
La DTB advirtió que se ejecutarán “operativos especiales” en horas nocturnas para verificar el porte y uso correcto de dichas prendas.
“Usar la prenda reflectiva en horas de la noche permite que el motociclista se haga visible para los demás conductores y peatones, reduciendo de esta forma el riesgo de atropello o colisión”, explicó el Director de Tránsito de Bucaramanga.
También es pertinente precisar que dicho Código no exige que las prendas reflectantes tengan marcada la placa de la moto. En su reciente anuncio sobre controles, la DTB tampoco requirió el uso de dichas marcas en el chaleco.
Parámetros sobre el uso del casco
A través de la Resolución 20203040023385 el Gobierno Nacional estableció las condiciones mínimas para el uso del casco protector por parte de motociclistas, normativa que entró en vigencia en el país a partir de enero de 2021.
De acuerdo con lo señalado por la DTB, existen tres condiciones esenciales para el uso de estos objetos mientras los usuarios se movilizan a bordo de una moto:
1. La cabeza del motociclista debe estar totalmente protegida por el casco, el cual debe estar correctamente abrochado, sin correas rotas, ni broches partidos o incompletos.
2. No se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
3. Los cascos con cubierta facial inferior movible, conocidos como abatibles o modulares, son válidos siempre y cuando estén adecuadamente cerrados y asegurados mientras se está en movimiento.
El Director de Tránsito también indicó que los motociclistas deben “usar el casco de la talla adecuada, para evitar que se desajuste. Mantener la visera limpia y sin rayones. Llevar al parrillero con casco”.