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Corte dejó en firme condena de 17 años contra Andrés Felipe Arias

El exministro había pedido una revisión de su caso, relacionado con hechos de corrupción en el programa Agro Ingreso Seguro.

9 años después de dictado el fallo en su contra, la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias por las irregularidades cometidas en la entrega de subsidios dentro del programa Agro Ingreso Seguro, que él lideró como jefe de la cartera.

El vicepresidente de la Sala Penal de la Corte, Gerson Chaverra Castro leyó presencialmente la sentencia y las razones por la cual el alto tribunal dejó en firme la condena contra Arias.

La Corte informó que la responsabilidad penal de Arias quedó demostrada y por tanto debía mantenerse la condena en su contra por irregularidades en el programa de Agro Ingreso Seguro (AIS).

El alto tribunal estableció que quedó probado la existencia de irregularidades en la celebración de los convenios 03 de 2017, 04 de 2018 y 052 de 2009 con el Intituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura.

Según el alto Tribunal, los convenios se destinaron a proyectos de drenaje y riegos y no a iniciativas de ciencia y tecnología como argumentó el Ministerio. Eso implicaba que los proyectos debían entregarse por licitación pública y no de manera directa.

«El objeto del negocio jurídico nada tiene que ver con ciencia y tencnología para que se hubiera optado por la contratación directa, desconociendo el principio de selección objetiva», expresó el Tribunal.

También quedó demostrado que Andrés Felipe Arias permitió una convocatoria a particulares con la finalidad de la apropiación ilegal de dineros públicos a favor de terceros.

Arias permitió la asignación idéntica de convocatorias para el mismo grupo familiar, así como el fraccionamiento ficticio de inmuebles para presentar proyectos en predios como si presentará diferentes fincas.

«El acusado no ejerció control sobre las acciones del AIS y tuvo total injerencia en las convocatorias realizadas en el marco del programa de Agro Ingreso Aseguró», expresó la Corte en la decisión.

La revisión de la sentencia en esta nueva instancia fue ordenada en 2014, al fallarse una tutela presentada por el exministro de Agricultura en la que se señalaba que no había tenido la oportunidad de ser juzgado con base en el principio de la doble conformidad, que implica que cualquier decisión de carácter penal sea sometida a una segunda revisión.

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