Esta posibilidad está vigente desde el pasado cuatro de agosto cuando el presidente de la República, Iván Duque Márquez, sancionara la ley 2129, conocida mejor como Ley Aluna.
Esta ley establece que en el registro civil de nacimiento se determinará el orden de los apellidos del recién nacido, de común acuerdo entre los padres. La Registraduría advirtió que en caso de no existir un mutuo acuerdo entre los padres, el registrado encargado de realizar el trámite resolverá la discrepancia mediante un sorteo que previamente la Registraduría asignará.
“Les corresponderá a los registradores y funcionarios con facultad de registro, garantizar que sea mediante el mecanismo de sorteo que reglamenta dicha ley, el orden de los apellidos, ya sea del padre o de la madre en el registro civil de nacimiento”, afirmó Rodrigo Pérez, director nacional de Registro Civil.
Es importante resaltar que la norma rige para los hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente.