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Gobierno Petro expidió decreto que prohíbe exportar carbón a Israel

Aunque la determinación había sido anunciada hace varios meses, ya quedó oficializada con la expedición de un decreto.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo expidió el decreto 1047 que prohíbe las exportaciones de carbón hacia Israel.

El documento fue firmado por varios ministros del gabinete entre ellos el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla; el canciller Luis Gilberto Murillo; el titular de Industria Comercio y Turismo, Luis Carlos Reyes, y la viceministra de Minas, Kelly Johana Rocha.

El motivo principal es la postura de Colombia frente al conflicto en Gaza que tiene a Israel como uno de los protagonistas.

“Dicho bien es usado como suministro energético, por lo que Israel depende en gran medida del para la producción de energía y, además, emplea el recurso para fines militares”, detalla el decreto. 

Si bien el anuncio se había hecho meses antes, no se había expedido la norma de manera oficial. La decisión había sido centro de polémica por las implicaciones que traería para ese sector del país, teniendo en cuenta que el carbón (hulla) era uno de los principales productos que se enviaban desde Colombia hacia Israel.

De hecho, los productos minero energéticos representan el 90 % de las exportaciones hacia esa nación. En 2023, las exportaciones a Israel de carbón térmico representaron el 5 % del total del carbón exportado por el país durante ese año, según el decreto en cuestión.

En el primer semestre de este año, las exportaciones a Israel se han visto debilitadas según el reporte entregado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, pues tan solo se han logrado ventas por 132.7 millones de dólares, lo que se traduce en una variación del -59,2 %. En el mismo periodo de 2023, esa indicador había sido de 325.4 millones de dólares.

Críticas a la determinación

La Asociación Colombiana de Minería, ACM se había pronunciado en contra de la determinación que fue anticipada desde el pasado mes de junio.

“Con esta decisión se estarían incumpliendo compromisos internacionales adquiridos por Colombia que deben ser respetados y se pone en riesgo la confianza en los mercados y la inversión extranjera”, manifestó la ACM en un comunicado emitido el pasado 6 de junio.

En la balanza comercial, es decir, en la comparación entre los productos que se importan y los que se exportan, Colombia tiene saldo favorable en los últimos años. Sin embargo, desde el año pasado, los indicadores advertían que se venía debilitando el intercambio comercial entre ambos países.

De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en 2023 el país reportó ingresos por 499 millones de dólares en exportaciones, lo que significó un desplome significativo frente al 2022, año en el que se habían reportado 1.075 millones de dólares en exportaciones hacia ese país.

Algunas excepciones

Vale recordar que el decreto fue firmado el pasado 14 de agosto y entrara en vigencia cinco días después. Sin embargo, el tercer artículo del decreto contempla algunas excepciones a la restricción.

  • Las mercancías que, antes de la entrada en vigor de este decreto, estén amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la DIAN, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías debidamente autorizado por el usuario operador.
  • Las Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de este decreto, hubieren expedido el Certificado al Proveedor.
  • Los negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigencia del presente Decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima.

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