Según datos de la firma Orza, del total de los 92 artículos del nuevo proyecto, 37 se mantienen sin cambios respecto al informe de ponencia que se iba a discutir en la pasada legislatura. Por el contrario, en esta nueva reforma, 25 artículos son nuevos (27,2 %). Un total de 10 artículos tuvieron cambios leves (10,9%) y 20 cambios sustanciales (21,7%).
Cabe recordar que el pasado jueves, sin previo aviso, el Ministerio de Trabajo radicó la reforma laboral que se tramitará en esta legislatura en la Cámara de Representantes. En términos generales, la reforma mantiene la estructura y el propósito de reivindicar los derechos laborales a los trabajadores. Sin embargo, se incluyeron algunos puntos nuevos como la regulación en vinculaciones a plataformas de reparto, la promoción del teletrabajo y medidas especiales para artistas, deportistas y periodistas.
¿Qué es lo nuevo que trae la reforma?
En el documento radicado esta semana, por primera vez se incluyó el tema de la regulación de plataformas de reparto. En los artículos 24, 25 y 26 se definen aspectos como el pago de seguridad social de estos empleados.
Otro apartado es el de la cotización a tiempo parcial, que aunque ya existe en el decreto 2616 de 2013, la reforma ampliaría su alcance. Por ejemplo, en el artículo 37 se regulan los aportes al Sistema de Seguridad Social en micronegocios.
En el artículo 44 se incluyen medidas especiales para periodistas y comunicadores sociales. En este se establece esencialmente que el tiempo de trabajo de estos empleados no puede exceder la jornada máxima legal.
Aunque ya se incluía el tema de la licencia de paternidad, en el nuevo documento se define cómo funcionará para parejas del mismo sexo. En el artículo 51 se define la posibilidad de que los padres adoptantes decidan quién gozará de la licencia de paternidad y de maternidad.
Desde los artículos 54 a 58 se define que el Ministerio de Trabajo reglamentará incentivos a la promoción de empleos verdes y azules. También se habla de la regulación del trabajo a distancia, para lo cual se dará auxilios de conectividad, entre otros puntos.
Y sobre el trabajo a distancia, en el artículo 60 se explica cómo se promocionará esta modalidad. Según este, las empresas deben fomentar la transición de puestos de trabajo presenciales a modalidades de trabajo a distancia. De acuerdo con el tamaño de la empresa, se establecen porcentajes específicos de puestos de trabajo que deben adoptar esta modalidad; un mínimo de 5% para empresas con 20 a 50 trabajadores, un mínimo del 10% para empresas con 50 a 200 trabajadores y un mínimo de 15% para empresas con más de 200 trabajadores.