Por liderar un red de corrupción estatal, el exsenador Marío Castaño tendrá que pagar una pena de 15 años de cárcel y pagar una millonaria multa. Así lo sentenció la Corte Suprema al hallarlo responsable de los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación e interés indebido en la celebración de contratos.
El fallo del alto tribunal está relacionado con la red criminal que tejió en diferentes municipios como Caldas, Chocó, Risaralda y Cauca de la mano de servidores públicos y particulares. Además de la condena, tendrá que pagar 11.968.54 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos y también una multa de $1.060.000.000.
Según se lee en el documento, Castaño cumplirá condena por 19 delitos establecidos luego de una investigación que inició el pasado marzo de 2022 por las irregularidades en contratación en varios departamentos del país. “Para la Sala, el Senador Mario Castaño tenía plena capacidad para comprender la ilicitud de sus actos, pues así lo revela su sanidad mental y la plena conciencia (…) De manera voluntaria solicitó la diligencia de formulación de cargos y los aceptó en su totalidad”, dicta en el fallo.
Por medio de la investigación, se logró establecer que Castaño habría aprovechado su experiencia como contador público y con información sobre finanzas de la nación montó un entramado de corrupción para entregar contratos de obras públicas en diferentes departamentos a cambio de millonarias coimas.
La Corte consideró que su posición política le permitió tener contacto con diversos actores del sector público (alcaldes y funcionarios) y, a través de un entramado burocrático, interferir en diferentes procedimientos administrativos y de contratación que le facilitaron a la organización alcanzar su cometido delictivo y obtener provecho ilícito en detrimento del patrimonio del Estado.
Por otro lado, con respecto al delito de estafa agravada, el alto tribunal determinó que Castaño a través de particulares, engañó a funcionarios del Ministerio de Cultura para que creyeran que los dineros del proyecto de la Escuela Taller Salamina serían destinados de manera íntegra a ese propósito, cuando en realidad parte de esos recursos fueron desviados al patrimonio de Castaño Pérez y al de quienes intervinieron en el hecho, obteniendo así un provecho ilícito.
En la sentencia condenatoria, contra la cual procede el recurso de apelación, la Corte también dio por acreditado que “consiguió que los contratistas Juan Carlos Martínez Rodríguez y Daniela Ospina Loaiza, vinculados al Senado de la República, se apropiaran de recursos públicos por 40 millones de pesos. La condena destaca que con su posición de senador y usando sus poderes burocráticos no sólo logró que entraran a esa corporación, sino que también consiguió que se le diera trámite al pago de distintas cuentas de cobro pese a que había discordancias entre los informes presentados por ellos y el del supervisor del contrato”.
Sin embargo, la Corte Suprema anuló parte de la aceptación de cargos, específicamente en relación al delito de interés indebido en la celebración de contratos y uno de los casos de peculado para que la investigación continúe.
“De igual manera, en relación con los delitos de peculado por apropiación en grado de tentativa, por los hechos relacionados con los proyectos de canchas sintéticas en los municipios de Suárez y San Diego, Samaná, así como lo relativo a los proyectos de “Sacúdete” en Armero Guayabal y Villamaría, para que el asunto retorne a la Sala de Instrucción y bajo un nuevo número de radicación se adelante lo dispuesto al respecto”, dice la sentencia.