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Hasta la popular oblea santandereana será gravada por la reforma tributaria de Petro

Obleas, merengues, tortas de chocolate, galletas dulces y papas fritas tendrán un impuesto del 10%.

El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, radicó ante la Cámara de Representantes el proyecto de Ley 118 de 2022 o reforma tributaria para la igualdad y la justicia social. Vanguardia les presenta los puntos clave de esta iniciativa.

Entre los nuevos impuestos está el lmpuesto a las bebidas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados

En cuanto a las bebidas azucaradas, se gravarían en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 mililitros de bebida. Mientras que los alimentos gravados tendrán una tarifa del 10%.

“Por naturaleza, estos corresponden a impuestos que buscan corregir la externalidad negativa derivada del consumo de estos bienes sobre la salud de la población a través de dos mecanismos: el desincentivo del consumo de los mismos y la generación de recursos públicos que contribuyan a financiar los requerimientos del sistema de salud derivados de enfermedades relacionadas”.

De manera, este el proyecto de ley propone la creación de un impuesto al consumo de la producción para su posterior venta e importación de alimentos ultraprocesados y con alto contenido de azúcares añadidos, considerando los potenciales efectos en la salud de los colombianos derivados del consumo de estos productos.

Específicamente, el impuesto nacional al consumo de los alimentos ultraprocesados y con alto contenido de azúcares añadidos corresponderá a un tributo con una tarifa del 10% sobre el precio de venta del bien, el cual será recaudado por el productor en la entrega en fábrica o en planta para su distribución, y posterior venta.

En el caso de los productos importados, el impuesto se causaría en el momento en que los mismos son nacionalizados en aduanas por la Dian, para su posterior venta en el territorio colombiano.

Dada la naturaleza de este impuesto, se propone que la Nación sea el titular encargado de administrar el recaudo que se genere a partir del mismo.

Ahora bien, considerando la importancia de algunos de estos productos en la canasta básica de los hogares colombianos, algunos bienes no serán gravados por este impuesto para no afectar el ingreso de los hogares más vulnerables, entre los que se destacan la mortadela, la butifarra, el salchichón, entre otros.

Estos son los productos que serán gravados:

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