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Girón decretó restricciones para el parrillero en moto

Por medio del Decreto N° 003 de 2025, el Gobierno de Girón dispuso la restricción del parrillero hombre mayor de 18 años de edad, a partir del 3 de junio de 2025. Vanguardia le informa los detalles, como la exención dispuesta para los miembros del núcleo familiar.

En respuesta al mandato judicial impartido por el Juzgado 15 Administrativo de Bucaramanga, la Alcaldía de Girón decretó nuevas restricciones para el parrillero en motocicleta, a partir de junio de 2025, con el objetivo de contrarrestar la ‘piratería’.

Así lo dispuso el Gobierno de Girón, a través del Decreto N° 003 de 2025, mediante el cual se implementaron normas para la aplicación del pico y placa y nuevas prohibiciones para los usuarios de motocicletas en dicho municipio.

Por medio del Capítulo IV de este decreto, las autoridades dispusieron una serie de restricciones para el tránsito de motocicletas en vías públicas de Girón. En tal acto administrativo, también se dejaron en claro las excepciones que se tendrán en la aplicación de esta medida.

Restricción del acompañante en moto

  • A partir del 3 de junio de 2025, quedará prohibida la circulación de motos con acompañante o parrillero hombre mayor de 18 años de edad, en el casco urbano. 
  • Horario de la medida: entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m. de lunes a sábado. 

Ahora bien, en su Artículo Décimo Primero, en el Parágrafo, se dispuso que “la medida implementada está sujeta a modificaciones acorde al estudio que sobre el tema pueda desarrollar la Secretaría de Tránsito y Transporte de Girón, que defina las zonas necesarias y específicas de aplicación de la misma”.

¿Cuáles son las excepciones de esta medida?

Además de estar exentos los miembros del Estado, Fuerza Pública, funcionarios, escoltas, entre otros, existen dos exenciones muy importantes que se decretaron en el marco de esta restricción del parrillero hombre mayor de 18 años en Girón.

  1. Miembros del núcleo familiar del propietario o conductor pueden circular sin restricciones. 
  2. El acompañante que realice curso de capacitación automovilística en un centro de enseñanza legalmente autorizado. 

Por medio del Artículo Décimo, también se dispuso que “cuando se circule dentro del casco urbano en motocicleta con acompañante o parrillero, el conductor deberá corresponder con el propietario registrado en la licencia de tránsito (…)”.

Vanguardia trató de despejar dudas sobre esta nueva medida con las autoridades locales, pero hasta el cierre de la presente edición no hubo ningún tipo de respuesta por parte de Juan José Gómez, secretario de Tránsito y Transporte de la Alcaldía de Girón.

Con la expedición del Decreto N° 003 de 2025, el Gobierno de Girón dispuso la imposición de una multa por valor cercano a $1.423.000 pesos más la inmovilización de la moto, en aquellos casos en los que se evidencie el incumplimiento de esta restricción.

Es importante indicar que por medio de un auto judicial impartido el pasado 2 de diciembre, el Juzgado 15 Administrativo de Bucaramanga les exigió a los gobiernos y entidades de tránsito de la capital santandereana, Floridablanca, Piedecuesta y Girón adoptar restricciones para el acompañante en moto, con el fin de combatir el transporte informal.

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