Debido a varios problemas que se han presentado con los denominados giveaways, los creadores de contenido tendrán que pasar primero por Coljuegos para realizar este tipo de dinámicas.
La entidad les sugirió a quienes vayan a realizar los sorteos, que tengan en cuenta el artículo 20 de la ley 1393 de 2010, para evitar llevar dicha sanción, que supera los 100 salarios mensuales mínimos legales vigentes, es decir, alrededor de 90 millones de pesos.
John Jairo Altamiranda, vicepresidente comercial de Coljuegos, dijo a Blu Radio que toda persona o empresa que quiera organizar los famosos giveaways o concursos en redes sociales, deberá hacer la solicitud formal, pagar y obtener los derechos de explotación de dicha entidad, que es de 14 % sobre el valor del premio entregado, además de otro 1 % por gastos administrativos.
“Pongamos un ejemplo: voy a entregar 10 millones de pesos en plan de premios, de ese dinero el 14 % hay que pagarlo a Coljuegos por derechos de explotación. Esos recursos tienen una destinación específica, que es la financiación de la salud pública de todos los colombianos”, comentó.
Es decir que 1,4 millones son para Coljuegos, así como un millón más por gastos de administración.
Ahora, si quiere saber qué tan legal es esa rifa en la que está participando puede acceder a www.coljuegos.gov.co.
Si en redes quieren realizar un sorteo, entonces deben:
- Presentar una solicitud de autorización en el Portal de Coljuegos, que señala que los juegos deberán contar con una justificación técnica y económica para poder realizar el sorteo.
- En la solicitud se deberá incluir los siguientes documentos: factura de compra o propiedad del bien a entregar, la promesa de compraventa para ver de dónde salieron los objetos a sortear.